La diversidad no se reduce a una opción

Acepto que, como individuos que somos, es difícil reconocer cuándo estamos abogando por una sociedad mejor o cuándo sólo estamos imponiendo nuestra propia ideología. No obstante, como parte de la sociedad es importante que tengamos éxito en establecer claramente estas diferencias, si queremos vivir en un ambiente de inclusión, armonía y respeto a las distintas diversidades. Éste es el propósito principal de la división entre Iglesia y Estado.

Las reacciones adversas que ha generado el Proyecto 238 del Senado, el cual prohíbe cualquier gestión pública o privada que discrimine por orientación sexual, y las enmiendas a la Ley 54 y al Código Civil, que buscan mayor igualdad para parejas de hecho, son un perfecto marco para este análisis.

A pesar de que no debe existir justificación para no aspirar a que todas las personas podamos disfrutar de todos los derechos, sin embargo, se escuchan distintos argumentos en contra de estas medidas. Algunos de éstos son que “el matrimonio debe ser entre hombre y mujer”, que “estas medidas estarían igualando al matrimonio heterosexual con el matrimonio homosexual” y “que actualmente hay disposiciones que protegen a las parejas de hecho sin necesidad de hacer enmiendas al Código Civil”.

No obstante, estos argumentos que pudieran estar avalados por creencias personales, e incluso colectivas, no están fundamentados en derecho y responden a una visión muy personal del mundo. Al reclamar justicia para sectores invisibilizados en el pasado, no estamos imponiendo una nueva visión, estamos reconociendo al mundo tal como es. La diversidad no es un concepto abstracto, es una realidad, queramos admitirla o no.

No existe ningún problema en basar las creencias y valores en preceptos religiosos, si así son decididos por el ciudadano y no violentan las protecciones a otros ciudadanos. El problema estriba cuando queremos imponer esta forma de vivir a toda la sociedad y legislar sobre ella para que se cumpla. Ciertamente nuestro Código Civil está pensado exclusivamente para parejas casadas heterosexuales, discriminando de facto a todos los otros tipos de parejas de hecho. Mina, por ejemplo, la capacidad de adoptar, de heredar, de acogerse a beneficios como el seguro social y el plan médico, entre muchos otros.

El 1er. artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Todas las personas tienen derecho a amar, a formar una familia, a su integridad, a su seguridad y a que el Estado los proteja plenamente en este proceso. Los derechos humanos nos igualan a todos en términos de garantías, acceso y educación.

La religión es una opción; los derechos, una obligación. Apoyo las medidas propuestas, pero aún no son suficientes. Nos falta todavía mucho camino por andar.

Por: Pedro Santiago
Publicado: El Nuevo Día